SALIDA DEL PAÍS PERSONAS INFRACTORAS
1. ¿Qué es?
2. ¿Sobre quién aplica?
3. ¿Cuál es el procedimiento?
4. ¿Cuáles son los derechos de las personas ante este procedimiento?
5. Información Importante
6. Fuentes
Publicado el 04 de junio del 2022
¿QUÉ ES? 🔎
Es la posibilidad que establece la ley para personas extranjeras que quieran salir del país luego de haber cometido una infracción a la Ley de Migración y su reglamento. Esto previa autorización del SERMIG para su salida por el cambio de la infracción por una prohibición de ingreso.
¿SOBRE QUIÉN APLICA? 👤
Personas extranjeras que tengan una infracción migratoria en curso y puedan demostrarlo.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO? 👣
- Solicitud al SERMIG con la siguiente información:
– Nombre y apellidos del interesado, individualización de su documento de viaje, y la indicación del correo electrónico, con expresa mención de su consentimiento para ser notificado mediante ese canal.
-Hechos, razones y peticiones en que consiste su solicitud, considerando especialmente la individualización del acto administrativo que aplicó la sanción, y la exposición detallada de las razones por las cuales no le es posible cumplir con aquella de manera íntegra y oportuna.
-Indicación precisa del paso fronterizo, puerto o aeropuerto desde el cual pretende egresar del país, el medio de transporte que utilizará para ello, y la fecha en la que ha programado su salida del territorio nacional.
-Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio habilitado por el SERMIG
2. El SERMIG tendrá entre 3 días corridos y 15 días hábiles para dar respuesta a esta solicitud. En el primer caso, en situaciones de urgencia.
3. De ser aceptada la solicitud de salida, se establecerá una prohibición de ingreso que se cambia por el monto de la multa:
MONTO DE LA MULTA | TIEMPO DE PROHIBICIÓN DE INGRESO |
Igual o inferior a 5 UTM* | 1 año |
Superior a 5 UTM | hasta 1 año y medio |
*UTM: Unidades Tributarias Mensuales.
4. En el caso de que se haya terminado el tiempo fuera del país acordado por la prohibición de ingreso y de igual manera no se haya pagado la multa, la persona extranjera al querer reingresar al territorio chileno, se dará igualmente inicio al cobro de la multa no pagada, para lo cual se deberá informar un domicilio y una casilla de correo electrónico para efectos de su adecuada localización.
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ANTE ESTE PROCEDIMIENTO? ⛨
Es posible suspender la prohibición de ingreso mediante el pago de la multa en los consulados chilenos en el exterior: una vez efectuado el pago, el SERMIG dispondrá de un plazo de 15 días hábiles desde el ingreso de dicho pago al sistema, para dictar el acto administrativo que revoque la prohibición de ingreso al país.
⚠️IMPORTANTE: no serán sancionadas las personas que salgan del país dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de expiración de sus respectivos permisos.
⚠️IMPORTANTE: la policía no podrá permitir la salida del país de quienes se encuentren afectados por arraigo judicial o por alguna medida cautelar de prohibición de salir del país, salvo que previamente obtengan del tribunal respectivo la autorización correspondiente. Al igual que esta posibilidad de homologación no aplica para personas expulsadas del país.
Fuente:
–Ley de Migración 21.325
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»