El proceso de enrolamiento, cómo explica el Reglamento N° 106 es un procedimiento que busca unificar en un único Rol Unificado Nacional (RUN) provisorio todos los identificadores provisorios de los distintos servicios del Estado cómo en educación, salud y cotización (entre otros) en el caso de personas en estatus irregular en el país.
1. Niños/as y adolescentes de menos de 18 años: solicitar la visa humanitaria de Residencia Temporal para niños/as y adolescentes.
2. Mayores de 18 años: regularizar su situación migratoria mediante los mecanismos disponibles en la Ley 21.325 cómo lo es actualmente la solicitud de regularización ante el subsecretario vía artículo 155 N° 8.
Esto comprendiendo que el enrolamiento no es un permiso de residencia y es el motivo por el cual las personas inmigrantes en estatus irregular deben regularizar su situación migratoria en el país solicitando un permiso de residencia directamente en el caso niños/as y adolescentes o de regularizar primero su situación migratoria para luego solicitar una Residencia Temporal si su solicitud es aceptada.
Fuentes:
–Plataforma de Ayuda SERMIG.
–Reglamento N° 106.
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

0 comentarios