Preguntas Y Respuestas Frecuentes Visa De Turismo Consular Para Venezuela

26 Jun, 2019

El pasado 22 de junio el Estado chileno comenzó a exigir a todo/a venezolano/a que quiera ingresar a Chile la “Visa de Turismo Consular”, esto independiente del país donde se encuentre. ¿Qué quiere decir esto? Que si eres venezolano/a y estas en cualquier país del mundo, antes de venir a Chile y comenzar con las comprar de pasajes DEBES solicitar online al Consulado de Chile del país en el que te encuentres (AQUÍ los Consulados de Chile en el mundo) un permiso previo para ingresar a Chile, es decir, realizar tu solicitud de Visa de Turismo Consular.

Esto para:

-Estar en Chile por máximo 90 días

-Solo venir para turismo, no para quedarte o trabajar en Chile.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA ESTA VISA DE TURISMO CONSULAR?

Procedimiento: https://www.facebook.com/watch/?v=2358767744172336

El trámite se inicia en la plataforma SAC Ciudadano, donde se cargan los documentos solicitados. Una vez analizada la documentación, se cita a la persona al Consulado de Chile correspondiente para el estampado de la visa en su pasaporte. Más información de los requisitos AQUÍ

-Realiza la solicitud en https://tramites.minrel.gov.cl/Solicitudes/visa.aspx

-Puedes revisar el estado de tu trámite en https://tramites.minrel.gov.cl/Solicitudes/validaIngreso.aspx

REQUISITOS

-Pasaporte vigente o vencido, otorgado a partir del año 2013, de acuerdo a la Resolución Exenta N° 2.087, del 18 de abril de 2019.

-Fotografía color, 5×5 cms., tamaño pasaporte, con fondo blanco, cuyo rostro completo y cara de frente sean 3/4 de la fotografía.

-Acreditar solvencia económica durante su estadía en Chile.

-Carta de invitación notariada de una persona natural o una empresa en Chile.

-Pasaje de retorno a su país de origen u otro respecto del cual tenga autorización de entrada.

-Reservas de hotel cuando no tenga una persona de contacto en Chile.

CONSEJOS

-No olvides hacer tu trámite con tiempo y no compres tu pasaje hasta tener tu Visa de Turismo Consular.

-El cumplimiento de los requisitos no asegura que te den la Visa de Turismo Consular.

-Durante la tramitación de la solicitud de Visa podrán pedirte que presentes nuevos antecedentes o asistir al Consulado chileno.

-La Visa de Turismo Consular no permite realizar actividades remuneradas en el país.

-Debes contar con Pasaporte vigente o vencido a partir del año 2013 en adelante, donde se estampara esta Visa.

-El Departamento de Inmigración (DIN) del Ministerio de Relaciones Exteriores, atiende público de 9:00 horas a 14:00 horas en Agustinas 1320, Santiago Centro (Chile).

-Te recomendamos revisar como opción a esta visa el solicitar la Visa de Responsabilidad Democrática (AQUÍ más información) o una Visa Temporaria Consular (AQUÍ más información) ya que todas se solicitan en el Consulado chileno y puedes pasar de manera directa a una visa Temporaria sin pasar por turismo.

PREGUNTAS FRECUENTES

1.¿Puedo entrar con esta Visa de Turismo Consular a Chile y luego quedarme en Chile?
R: si, aún puedes ingresar al país con esta visa  y luego solicitar cualquier visa temporaria, Sujeta a Contrato o de Estudiante (AQUÍ más información).

2.¿Necesito la Visa de Turismo Consular para volver a Chile si ya tengo mi visa temporaria aprobada (DEM) y estoy fuera del país?
R: si la Visa Temporaria aprobada (DEM) se encuentra estampada en el pasaporte, no requiere de la Visa de Turismo Consular. Si la Visa Temporaria aún no ha sido estampada en el pasaporte, deberás solicitar salvoconducto para ingresar al país. Se sugiere informar al Consulado de Chile sobre esto e indicar la fecha de tu pasaje de retorno.

3.¿Cuál es el valor de esta visa consular?
R: 50 USD.

4.¿Los/as menores de edad necesitan la Visa de Turismo Consular?
R: sí, y la tramitan los padres.

5.¿Me sirve mi pasaporte vencido para solicitar la Visa de Turismo Consular?
R: sí, según la Resolución Exenta 2.087 toda cedula de identificación o pasaporte emitido desde el 2013 en adelante y vencido será aceptada para trámites de ingreso y residencia en Chile, por lo que los Consulados aceptan este documento. Esto solo aplica para Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay, al igual que debiese garantizar el ingreso al país por parte de PDI.

6.¿Cuánto demora la entrega de la Visa de Turismo Consular?
R: esto depende de la capacidad y nivel de demanda de cada Consulado.

7.¿La Visa de Turismo Consular es simple o múltiple?
R:la Visa de Turismo Consular es simple, esto quiere decir que autoriza solamente un ingreso a Chile.

8.¿Cuál es la diferencia entre la Visa de Turismo Consular y la Visa de Responsabilidad Democrática?
R: la Visa de Turismo Consular permite ingresar a Chile con fines recreacionales, por un periodo máximo de 90 días y no permite realizar actividades remuneradas. La Visa de Responsabilidad Democrática (VRD), permite obtener una Visa de Residencia Temporal por un año y permite realizar actividades remuneradas.

9.Si tengo residencia permanente o temporal en Chile y mi familia está en Venezuela ¿Necesitan la Visa de Turismo Consular para ingresar a Chile?
R: todo/a ciudadano/a venezolano/a que visite Chile con fines recreacionales, debe contar con la Visa de Turismo Consular, inclusive menores de edad. Si los familiares quieren venir a vivir a Chile, deben solicitar el visado correspondiente.

10.¿Puedo postular a la Visa de Turismo Consular si tengo doble nacionalidad?
R: Si tienes otra nacionalidad, distinta a la venezolana y si a esa segunda nacionalidad Chile no te solicitarán requisitos de ingreso, puede entrar en calidad de turista, por un máximo de 90 días.

11.Si soy ciudadano/a venezolano/a y paso por Chile es una escala aérea o viajo en bus, pero mi destino final es otro país ¿Debo tener Visto Consular de Turismo?
R: Vía terrestre: Sí. Al hacer la escala debe hacer cumplir la ley migratoria, salvo en los casos que existan convenios bilaterales sobre  residencia (ejemplo: países MERCOSUR).
Vía aérea: No, no requiere la Visa de Turismo Consular para tránsito.

12.Si compre mi pasaje antes de saber sobre esta visa consular ¿Pierdo mi pasaje?
R: no, esto se trata de un hecho de “fuerza mayor” (algo que no se podía prever ni estar preparado aunque se tomarán todas las previsiones del caso) para los pasajeros, por lo que las empresas de transporte “deben” reembolsar como mínimo el 85% del costo del Boleto, o a ofrecer un cambio de fecha “sin penalidad” (pero si puede aplicar un cambio de tarifa). Esto, sin embargo no asegura la devolución o respuesta, ya que esto depende dela política de devolución de cada línea aérea.

Sobre la carta de invitación notariada

La carta de invitación debe ser notariada y escrita por la persona u empresa que te invita a Chile. Acá un ejemplo:

                                                                                           NOTARIA …………..

(Lugar y Fecha) Ante mí, D……………………, Notario ……………………………COMPARECE DON…………………, mayor de edad, domiciliada en…………………con RUT …………… Interviene en su propio nombre y derecho. En tal sentido le juzgo con interés legítimo para este acta, y EXPONE A invitación de Don…………………………tiene intención de venir a Chile para una estancia de tres meses aproximadamente, doña/don……………………, de nacionalidad………………………, con residencia en………………………, con nº de pasaporte……………………, con la que le une una amistad desde hace ………..años. La invitación se realiza por el tiempo de un mes siendo alojado el invitado en el domicilio sito en…………………………, haciéndose cargo desde el mismo momento de la llegada.

DISPOSICIÓN:
Primera.- El compromiso que contrae Don……………………, aquí compareciente, implica que éste se obliga a costear todos los gastos que la estancia en Chile de doña/don………………pudiere ocasionar, responsabilizándose por tanto, entre otros, de los que genere su alojamiento, manutención y asistencia sanitaria, así como de la existencia, en su caso, de un seguro de viaje que cubra, durante todo el período de estancia los gastos médicos y la repatriación asociados a un accidente o a una enfermedad repentina, y, en su caso, los de regreso al país de procedencia o tránsito hacia un Estado tercero en el que su admisión esté garantizada, de forma que en ningún caso pueda representar una carga pública.

Segunda.- El compareciente, además, se responsabiliza de que doña………………no trabaje en Chile —SALVO QUE EN EL EJERCICIO CUMPLA CON LAS NORMAS ESTABLECIDAS

Tercera.- Manifiesta el compareciente que para afrontar los gastos derivados del compromiso que asume, cuenta con medios económicos suficientes y que en los últimos seis meses no ha formalizado ningún compromiso de invitación o cualquier otro documento con finalidad igual o semejante al que hoy suscribe, y con independencia a la persona a la que afecta. OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.

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FIRMA INVITANTE                                                                                                FIRMA NOTARIO

IMPORTANTE:

-La firma del notario debe ser reconocida en el ministerio de justicia, RREE de chile y el consulado de su país.

-Esta es una carta de ejemplo, no asegura que sea aceptada por un notario o por el Consulado chileno. Ya que por lo general esta carta es elaborada en la misma notaría.

Fuentes:

https://www.diariooficial.interior.gob.cl

https://serviciosconsulares.cl 

https://www.extranjeria.gob.cl/noticias/chile-aceptara-pasaportes-y-cedulas-vencidas-de-venezolanos/ 

Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.

Infomigra

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