ORDEN DE ABANDONO

¿QUÉ ES? 🔎

Es el procedimiento llevado a cabo producto del rechazo o revocación de un permiso de residencia previa resolución.

¿SOBRE QUIÉN APLICA? 👤

Aquellas personas extranjeras a las que se les haya rechazado una solicitud o revocado un permiso de residencia ya obtenido.

En el caso que esto sea motivado por la acusación de un crimen o simple delito, la orden de abandono aplicará desde el momento de la notificación de la resolución judicial firme o ejecutoriada que ponga término al proceso, o del término del cumplimiento de la pena.

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO? 👣
  1. Notificación previa al inicio del procedimiento vía correo electrónico del rechazo o revocación del permiso de residencia con los fundamentos de esta decisión al igual que el plazo dentro del cual la persona extranjera deberá hacer abandono del país, el que no podrá ser menos de 5 días contados desde que se complete este trámite. De forma complementaria, puede ser notificado por carta certificada dirigida al último domicilio que tenga registrado en el SERMIG*.
  2. Desde esta notificación, se tendrán 10 días para presentar antecedentes respecto de la causal de rechazo alegada por la autoridad
  3. En el caso que se dé inicio al procedimiento de revocación se notificará  vía correo electrónico del rechazo o revocación del permiso de residencia con los fundamentos de esta decisión. De forma complementaria, puede ser notificado por carta certificada dirigida al último domicilio que tenga registrado en el SERMIG
  4. Se tendrá un plazo de 10 días para presentar los argumentos y antecedentes respecto de la causa de la revocación.
  5. De ser rechazada esta réplica por parte de la persona afectada, se establecerá un plazo para abandonar el país desde 5 días en adelante.
  6. Además de esto se puede aplicar una sanción de conformidad a la ley, al igual que prohibición de ingreso al país. *En el caso de que la persona extranjera resida fuera de Chile  por los consulados chilenos, no procederá la notificación por carta certificada.
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS A LA QUE SE LES EMITE UNA ORDEN DE ABANDONO? ⛨

Establecer los recursos legales que se crean necesarios ante esta orden.

⚠️IMPORTANTE: el Director Nacional del SERMIG, mediante resolución fundada, podrá sustituir la orden de abandono por el otorgamiento de una autorización de residencia o permanencia de vigencia restringida, según se determine en cada caso esto solo para que la persona extranjera cumpla los trámites necesarios para consolidar su situación migratoria, y su duración no podrá exceder de 12 meses.

⚠️IMPORTANTE: quienes hagan abandono del país dentro del plazo fijado por el SERMIG se les reducirá a la mitad el plazo de prohibición de ingreso que se hubiere establecido en la resolución correspondiente.

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra