Derechos del consumidor en Chile ante la suspensión de vuelos

1 Oct, 2024

El pasado 27 de septiembre del 2024 Latam Colombia informó mediante un comunicado de prensa que el gobierno venezolano habría presuntamente establecido 4 nuevos requisitos de ingreso aéreo para pasajeros venezolanos a este país:

1.      Tener pasaporte venezolano vigente al momento del viaje.

2.       En caso de no tener el documento previo contar con un “Documentos de Viaje” registrado con la aerolínea al menos 72 horas antes del embarque.

3.       No se permitirá el embarque solo con cédula de identidad venezolana, aún estando vigente.

4.      En casos de doble nacionalidad igualmente se debe presentar el pasaporte venezolano vigente, el que no puede ser reemplazado con el de otra nacionalidad si el venezolano se encuentra vencido.

De igual forma la aerolínea asegura que quienes tengan vuelos entre Bogotá y Caracas entre el 27 de septiembre y el 01 de octubre, pueden revisar opciones de cambio sin costo o devolución en su página web.

De esta forma para la realización de cambios o devoluciones es necesario en primer lugar revisar las condiciones y términos del servicio del vuelo o de la aerolínea en la que se adquirió el ticket, el que deberá comprender ciertos mínimos dependiendo del país en el que se adquirió o encuentre legalmente dicha empresa de transporte aéreo.

En el caso chileno el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) mediante la Resolución Exenta N°238 ha establecido el reconocimiento legal del principio pro-consumidor en el caso de pasajeros de vuelos aéreos con los siguientes principales puntos: 

Las empresas deben respetar y cumplir todo lo informado u ofrecido a través de la publicidad, folleto, afiches, promociones, avisos en prensa o sitios web.

Las empresas o agencias de viajes deben cumplir todo lo acordado. No pueden existir condiciones impuestas que van en contra de lo establecido por la Ley del Consumidor y que vulnere los derechos.

-En casos de fuerza mayor es posible solicitar la devolución del dinero del pasaje y/o convenir con la línea aérea seguir con el viaje con la demora prevista o cambiar de línea aérea bajo las mismas condiciones contratadas u otras condiciones, que se pacten de común acuerdo.

En caso de incumplimiento se puede reclamar al  800 700 100 o en www.sernac.cl, al igual que establecer una demanda colectiva y civil cómo una segunda posibilidad para obtener la devolución del dinero o una solución ante el servicio.

Fuentes:
Latam Colombia
SERNAC
Resolución Exenta  N°238

 
 

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Infomigra

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