DECRETO N°6 ESTABLECE PERMISOS DE RESIDENCIA TEMPORAL DISPONIBLES DENTRO DE CHILE Y PLAZO DE SOLICITUD DE RESIDENCIA DEFINITIVA PARA VISAS HOMOLOGADAS

28 Jul, 2022

El pasado 15 de junio mediante solicitud de Ley de Transparencia obtuvimos el Decreto N° 6, el que el 16 de mayo posterior a la publicación del Decreto N° 177 establece y aclara los permisos de residencia que debieran poder ser solicitados según modalidad, forma y que ya no se recibirán solicitudes por correo certificado, solo aceptándose las enviadas hasta el viernes 13 de mayo del año 2022.

Sea dentro o fuera de Chile los permisos de residencia deben ser solicitados en la plataforma de trámites digitales del SERMIG tramites.extranjeria.gob.cl 

Las solicitudes de permisos de Residencia Temporal deberán realizarse desde el extranjero, salvo los siguientes casos que podrán realizarse en el territorio nacional según la modalidad:

Solicitud por primera vez

  1. Reunificación familiar.
  2. Razones humanitarias: víctimas de trata de personas,violencia intrafamiliar o de género y tráfico ilícito de migrantes. Al igual que mujeres embarazadas y niños, niñas y adolescentes.
  3. Personas cuya estadía sea concordante con los objetivos de la Política Nacional de Migración y Extranjería
  4. Otros casos debidamente calificados por la Subsecretaría del Interior mediante resolución, previo informe del Servicio

Los titulares de Permanencia Transitoria que ingresaron al país antes del 12.02.2022 también podrán postular a un permiso de residencia dentro del territorio nacional.

Cambio de categoría

Titulares de un permiso de Residencia Temporal y deseen cambiar de subcategoría migratoria, prorrogar la misma, o cambiar la calidad del permiso de residencia en el caso de los dependientes.

IMPORTANTE

Las solicitudes de residencia sujeta a contrato, estudiante o temporaria, serán homologadas a una residencia temporal por el plazo de 2 años, respetándose los plazos para la solicitud de Residencia Definitiva del decreto ley N º 1.094, de 1975, y su reglamento, de acuerdo a lo solicitado inicialmente.

El pago de derechos, se aplicará el correspondiente a la visa temporaria, esto mientras no se dicte el Decreto establecido en el artículo 40 de la Ley 21.325.

Fuente: Decreto N° 6

 
 

«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»

Infomigra

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2 Comentarios

  1. Urgente
    Buenas tardes como sacar ampliación de visa definida en trámite de una menor de 12 años si ellos no tienen clave única , quiero viajar al extranjero y quiero saber si esto va a ser impedimento para que mi niña salga del país

    Responder
  2. Buenos dias,
    ¿Puede una persona , que fue amparada, y dejaron sin efecto el decreto de expulsión, co tenida en una resolución exenta, notificada por PDI, y con sentencia de Recurso de amparo, solicitar luego alguna visa ?
    estaremos atentos a su información por favor.

    Responder

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