NACIONALIZACIÓN CALIFICADA
1. ¿Qué es?
2. ¿Sobre quién aplica?
3. Fuentes
¿QUÉ ES? 🔎
Esta se trata de una nueva categoría para optar a la nacionalidad chilena, creada por la nueva Ley de Migración 21.325 y que refiere a la opción de pedirla para estas personas que posean una Residencia Definitiva de forma vigente y acrediten 2 años de residencia continuada en el territorio nacional.
¿SOBRE QUIÉN APLICA? 👤
Quienes tengan alguno de los siguientes vínculos:
1.Los que sean cónyuges de chileno/a, a lo menos durante 2 años y cuyo matrimonio se encuentre inscrito en Chile, siempre que en el mismo periodo ambos viven en el mismo hogar, salvo que a alguno de ellos le asista razones graves para no hacerlo.
2.Los parientes de chilenos/as por consanguinidad hasta el segundo grado (abuelos/as y nietos/as) y los adoptados por chilenos/as.
3.El hijo/a cuyo padre o madre, habiendo sido chileno, haya perdido la nacionalidad chilena con anterioridad al nacimiento del solicitante.
En la siguiente sección los requisitos específicos que se deben cumplir en cada caso específico:
- Correo electrónico.
- Imagen escaneada de hoja de identificación de pasaporte (de no tener pasaporte, presentar documento nacional de identidad del país de origen o certificado consular que acredite identidad y nacionalidad).
- Certificado de antecedentes penales o judiciales de país de origen debidamente apostillado o legalizado, y traducido si corresponde (mayores de 18 años).
- Certificado de viajes emitido por PDI (obligatorio sólo para quienes ingresaron a Chile siendo menores de edad y no puedan obtener el certificado de antecedentes penales de su país de origen).
Su representante deberá incluir
1. Acreditación de vínculo con el menor.
SI AMBOS PADRES ESTÁN EN CHILE:
- Declaración jurada autorizando la solicitud de carta de nacionalización de ambos padres o de quién tenga el cuidado personal del menor de edad.
SI ALGUNO DE LOS PADRES ESTÁ EN EL EXTRANJERO:
1.Autorización notarial del padre que está en Chile y autorización notarial (o del ministro de fe que corresponda) del que se encuentra en el extranjero, apostillada o legalizada según corresponda. O bien, poder notarial amplio del padre que se encuentra en el extranjero que acompañe el poder entregado, donde se especifique lo autoriza a solicitar Nacionalización (apostillado o legalizado).
SI ALGUNO DE LOS PADRES FALLECIÓ:
1.Certificado de Defunción del padre o madre fallecido.
DEPENDIENTES:
1.Documento que acredite actividad laboral actual.
HONORARIOS/ EMPRESARIOS/INVERSIONISTAS/TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA/RENTISTAS:
1.Certificado del Servicio de Impuestos Internos que acredite, según el caso, que el solicitante está al día en el pago de las obligaciones tributarias o que está legalmente exento de ellas. En el caso de empresarios, además, acreditar que las empresas en las que participa se encuentran al día en el pago de las obligaciones tributarias.
JUBILADOS:
1.Documento que acredite la calidad de jubilado
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»