El pasado 27 de diciembre de 2021, producto del impacto del COVID19 en Chile fue publicado el Decreto N°147 en el Diario Oficial, el que estableció una nueva extensión hasta el año 2023 de las cédulas de identidad solo de chilenos/as.
En el caso de personas extranjeras, las prórrogas extraordinarias anteriores (2020 y 2021) sólo continuarán siendo válidas hasta el día de hoy.
¿QUÉ HACER?
La nueva Ley de Migración N° 21.325, establece en su artículo N°43, párrafo N° 4:
“Se entenderá que la cédula de identidad mantiene su vigencia, siempre y cuando el extranjero acredite que cuenta con un certificado de residencia en trámite vigente o hasta que la autoridad migratoria resuelva la respectiva solicitud.”
¿QUÉ SIGNIFICA ESTO?
Producto del comienzo de la aplicación de la nueva Ley de Migración el pasado 12 de febrero, a toda persona extranjera que tenga un certificado de residencia en trámite vigente, se le mantendrá la vigencia de la cédula chilena vencida hasta que se le de resolución a la solicitud por parte del SNM. De ser rechazada, la vigencia se suspenderá.
IMPORTANTE
- Esto significa que se extiende la vigencia de la cédula y no el reemplazo del plástico físico.
- En el caso de no solicitar la prórroga o solicitud de un nuevo permiso de residencia antes del vencimiento del permiso correspondiente, no permitirán la extensión de la cédula chilena.
- Puedes solicitar los certificados de permiso de residencia en trámite o una nueva solicitud de residencia en la plataforma de trámites digitales del SNM en tramites.extranjeria.gob.cl
RECOMENDAMOS
Esperar la información oficial que entregue el SNM y el Servicio de Reg. Civil e Identificación respecto a esta cuestión y como procederá su aplicación.
Revisa el decreto aquí: https://bit.ly/3qnaX0O
Fuente: Ley de Migración 21.325.
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»
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