El Subsecretario del Min del Interior la semana pasada, solo se refirió a que se estaba estudiando la posibilidad de una regularización donde solo menciono el empadronamiento y no enrolamiento.
Por eso es importante entender la diferencias entre estos 3 procedimientos:
1.Una regularización extraordinaria “acotada” es la posibilidad especial que tiene la Subsecretaría del Interior para establecer un mecanismos de regularización de personas en estatus irregular en el país de manera extraordinaria.
2.El Empadronamiento Biométrico fue un procedimiento de registro de datos personales, fotografías y huellas entre junio del 2023 y febrero del 2024 en el que participaron personas en estatus irregular entregándolos a PDI y SERMIG.
3.El enrolamiento es el procedimiento que busca unificar en un único Rol Unificado Nacional (RUN) provisorio todos los identificadores provisorios de los distintos servicios del Estado cómo en educación, salud y cotización (entre otros) en el caso de personas en estatus irregular en el país.
Esto, solo con la utilidad de tener un identificador provisorio unificado que permitirá a los distintos servicios del Estado identificar a las personas inmigrantes en estatus irregular en el país sin repetir los identificadores y las personas inmigrantes en estatus irregular pueden seguir accediendo a servicios básicos.
Así, podemos decir que el enrolamiento NO es:
–Una forma de regularización u obtención de una cédula o visa en Chile.
–Un requisito informado en el proceso de regularización acotado que se está estudiando.
-Entrega de un documento que habilite a trabajar o a realizar otros trámites legales con el mismo.
Fuentes:
–Redes sociales Servicio de Registro Civil de Identificación
-Página web del Servicio de Registro Civil de Identificación
–Radio Cooperativa
–Ley de Migración 21.325
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»
0 comentarios