Si, es posible hacerlo dentro de los 9 meses contados desde el vencimiento del permiso de Residencia Temporal pagando las multas establecidas por los artículos 107 y 119 de la Ley de Migración (1.5 a 5 UTM).
En el caso de quienes lo hagan dentro de los 6 meses contados del vencimiento, se aplicará una rebaja del 50%. Cómo también existiendo la posibilidad de que el SERMIG cambie esta sanción por una amonestación escrita.
Mientras que la expulsión podría ser aplicada en el caso en que la persona se encuentre aún en el país por más de 9 meses en el país con su permiso de residencia vencido.
Fuente: Artículo 37 Ley de Migración 21.325
«Recuerda que regularizar tu situación migratoria favorecerá tu integración y calidad de vida en el país.»
Saludos estimados senores. Realice la recidencia definitiva en 2 de octubre y nada me llega al correo me preocupa ya que my visa temporal se me vence el 20 de diciembre que puedo hacer
Buenas tarde. Quisiera saber dónde debo pagar la multa por excederme el tiempo permitido por turismo . Para poder salir de chile sin inconvenientes.
Persona ARGENTINA con residencia definitiva CHILENA vencida por 1 mes y 1 semana desde que cumplió 2 años fuera de chile por lo que perdió la residencia, ¿qué se puede hacer?